Normas
Aprueban la Norma Técnica denominada Normas que regulan el procedimiento para el encargo de plazas vacantes de cargos directivos
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
Nº 208-2017-MINEDU
Lima, 21 de julio de 2017
VISTOS, el Expediente Nº 0060769-2017, los Informes Nº 343-2017-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DITEN y Nº 391-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 651-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 70 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el encargo es la acción de personal que consiste en ocupar un cargo vacante o el cargo de un titular mientras dure la ausencia de este, para desempeñar funciones de mayor responsabilidad; el mismo que es de carácter temporal, excepcional, no genera derechos, y no puede exceder el período del ejercicio fiscal;
Que, el numeral 176.2 del artículo 176 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, señala que el Ministerio de Educación establece los procedimientos para el proceso de encargatura, el cual debe contemplar como requisito haber aprobado la última evaluación de desempeño docente o en el cargo;
Que, el artículo 177 del precitado Reglamento establece que se tienen dos tipos de encargos; el de puesto, que se autoriza en plaza orgánica vacante debidamente presupuestada o en plaza vacante generada por ausencia temporal del titular; y el de funciones, que se autoriza únicamente para asumir el cargo de director de institución educativa, en caso esta última no cuente con la plaza orgánica vacante debidamente presupuestada, en cuyo caso el profesor encargado continúa ejerciendo su labor docente en aula;
Que, el artículo 178 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, señala que los profesores pueden acceder mediante encargo a los puestos jerárquicos, de subdirectores, directores y de especialistas de las áreas de desempeño laboral señaladas en los literales b), c) y d) del artículo 12 de la Ley de Reforma Magisterial;
Que, posteriormente, con la Ley Nº 30541, Ley que modifica la Ley de Reforma Magisterial y se establecen disposiciones para el pago de remuneraciones de docentes de Institutos y Escuelas de Educación Superior, se modificaron diversos aspectos de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial; y en correlato a lo señalado, mediante el Decreto Supremo Nº 005-2017-MINEDU se modificaron diversos artículos del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED;
Que, asimismo, con Resolución Ministerial Nº 188-2017-MINEDU se aprobó la implementación del cargo de especialista en formación docente, del Área de Desempeño Laboral de Formación Docente de la Carrera Pública Magisterial; el cual se orienta a brindar apoyo al equipo directivo de la institución educativa en el diseño y gestión de acciones formativas vinculadas con el desarrollo de los docentes al interior de la institución educativa en la que labora;
Que, con Oficio Nº 762-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 343-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, el cual fue complementado con el Informe Nº 391-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, ambos elaborados por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, con los cuales se sustenta la necesidad de aprobar una nueva norma que regule el procedimiento, requisitos y criterios técnicos para la selección del personal docente que ocupe, mediante encargo, las plazas vacantes de directivos, jerárquicos y especialistas en formación docente de las instituciones educativas públicas, y de especialistas en educación de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local;
Que, de acuerdo al literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del despacho ministerial;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Dirección General de Desarrollo Docente, Dirección General de Gestión Descentralizada, Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, Dirección General de Educación Básica Regular, Dirección General de Servicios Educativos Especializados, Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Ley Nº 29444, Ley de Reforma Magisterial, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Normas que regulan el procedimiento para el encargo de plazas vacantes de cargos directivos, jerárquicos, especialistas en formación docente y especialistas en educación en el marco de la Ley de Reforma Magisterial”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Norma Técnica a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Secretario General
FUENTE: El Peruano